Sobre la revista

Enfoque y alcance

Revista de Gestión Pública es una publicación académica, revisada por pares, de periodicidad semestral, editada por la Universidad de Valparaíso, que promueve la discusión sobre la administración pública y las políticas públicas en español, mediante la publicación de artículos científicos que abordan los principales temas de interés para el progreso de las administraciones públicas latinoamericanas. La Revista incluye artículos que utilizan diferentes enfoques teóricos, abordan cuestiones diversas y se centran en un amplio abanico de territorios y periodos de tiempo, así como de niveles y sectores administrativos. Asimismo, la Revista promueve los trabajos de carácter comparativo y el diálogo multidisciplinar para entender la gestión del Estado en su sentido más amplio.

Proceso de evaluación por pares

La Revista de Gestión Pública publica artículos científicos y de revisión, que han sido aprobados tras un proceso de revisión doblemente ciego. Además, acepta artículos de profesionales sobre experiencias innovadoras de gestión pública en América Latina. En el caso de los artículos de revisión, éstos pueden referirse a uno o varios libros o documentos de políticas públicas, que no pueden haber sido publicados más de un año antes de la fecha de presentación del artículo.
El Comité Editorial también recibe propuestas de números especiales o de temas específicos. Éstas se evalúan en función de la pertinencia del tema a tratar y de la solidez de los fundamentos de la propuesta.
Para presentar un artículo, se supone que éste no ha sido enviado simultáneamente a otra revista. Una vez aprobada la publicación, el autor deberá firmar una carta en la que cede los derechos de autor.
El proceso editorial se rige por la siguiente política ética.

 

POLÍTICA ÉTICA DE LA REVISTA DE GESTIÓN PÚBLICA

Teniendo en cuenta que 1) es de vital importancia mantener unas normas que garanticen a la comunidad académica la integridad y el funcionamiento ético de la publicación, 2) existen en la actualidad protocolos internacionales que guían el comportamiento ético de las revistas científicas, y 3) la mejora continua es una prioridad para la Revista, con el fin de aumentar su nivel académico, el consejo editorial de la Revista de Gestión Pública adopta la siguiente Política Ética para guiar el funcionamiento de la publicación.

La revista

  1. Revista de Gestión Pública es una publicación académica, revisada por pares y semestral, editada por la Universidad de Valparaíso, que promueve la discusión sobre Gestión Pública y políticas públicas en español, a través de la publicación de artículos científicos que abordan los principales temas de interés para el progreso del latín Administraciones públicas estadounidenses. La revista incluye artículos que utilizan diferentes enfoques teóricos, abordan diversos temas y se centran en una amplia gama de territorios y períodos de tiempo, así como en niveles y sectores administrativos. Similarly, the Journal promotes work of a comparative nature and multidisciplinary dialogue for understanding state management in its broadest sense.
  2. La Revista solo acepta trabajos originales, que al mismo tiempo no se están evaluando en otras publicaciones. La presentación de un artículo para su consideración implica la transferencia de los derechos de difusión a la revista.
  3. La Revista de Gestión Pública comprende tres organismos responsables de la gestión académica: el editor, el Consejo Editorial y el Comité Internacional. El primero es el ejecutivo; el segundo es el órgano responsable de tomar decisiones importantes en cuanto a las directrices a seguir, y el segundo, de carácter consultivo.
  4. El Editor es responsable de la gestión de la Revista, en su sentido más amplio, de acuerdo con esta política y cumpliendo con la periodicidad establecida. El editor sugerirá al Consejo Editorial las políticas a seguir y requerirá su apoyo para definir las directrices temáticas adoptadas por la publicación. Estos temas, así como otros directamente relacionados con la calidad y el impacto de la Revista en la comunidad académica, se consultarán anualmente con el Comité Internacional.
  5. El Consejo Editorial es un cuerpo formado por un mínimo de cuatro académicos nacionales, todos reconocidos como expertos en los temas tratados por la Revista, cuya misión es aprobar e inspeccionar periódicamente la política editorial propuesta por el Editor, construir la cartera de revisores pares, examinar y readaptar anualmente la lista de temas cubiertos y para tomar decisiones sobre los asuntos determinados por esta Política. También es responsabilidad de la Junta Directiva analizar y tomar una decisión sobre las cuestiones temáticas propuestas que se sometan a su consideración. Las decisiones del Consejo Editorial se adoptan por mayoría simple. En caso de empate, la opinión del Editor se considerará el voto de calidad.
  6. El Comité Internacional es un órgano consultivo, formado por académicos destacados en sus campos de estudio y con credenciales académicas impecables. La función de los miembros del Comité es dar su opinión sobre la política editorial, la cobertura temática de la Revista y con respecto a otros asuntos que afectan a la calidad de la publicación.

El proceso editorial

  1. Cualquier envío recibido por el Editor se envía para su evaluación por dos pares revisores externos, expertos en el tema, y seleccionados entre aquellos que forman parte del portafolio de revisores pares de la Revista. Este proceso es ciego de dos maneras: los pares no tienen conocimiento en ningún momento de la identidad del autor o de los autores y, al mismo tiempo, estos últimos tampoco conocen la identidad de los pares evaluadores.
  2. El proceso de revisión por pares busca determinar si los manuscritos recibidos por la Revista implican una contribución a la expansión del conocimiento sobre la Administración Pública y las políticas públicas, si cumplen con los criterios de calidad (principalmente, presentan contribuciones originales al debate disciplinario y cumplen con los criterios metodológicos aceptados por la comunidad académica) y si observan las normas éticas internacionalmente aceptadas para la investigación.
  3. Con respecto al manuscrito, los pares revisores pueden rechazarlo, sugerir modificaciones sustanciales, aprobarlo con cambios menores o aprobar su publicación sin modificaciones. En caso de desacuerdo de opinión entre pares revisores, se buscará un tercer revisor, cuya decisión se considerará definitiva.
  4. El Editor puede rechazar un manuscrito sin un proceso editorial previo si claramente no cumple con el formato mínimo de un artículo científico y, en tal caso, informará de esta decisión de manera detallada al Consejo Editorial.
  5. Con el consentimiento del Consejo Editorial, el Editor podrá: 1) solicitar a los profesionales que redacten documentos sobre algunas de sus experiencias relacionadas con su trabajo como administradores en el sector público; 2) invitar a académicos destacados a comentar los artículos publicados anteriormente en la Revista; 3) decidir reimprimir artículos publicados por destacados académicos en revistas revisadas por pares en idiomas distintos del español. Ningún número puede contener más de una reimpresión, ni ninguna reedición de manuscritos ya editados en español; 4) invitar a los académicos a actuar como editores invitados para producir números o expedientes temáticos. En todos los casos, excepto en el número 3, la revisión por pares se llevará a cabo de acuerdo con las pautas establecidas en esta política.
  6. La Revista de Gestión Pública también recibe propuestas de números especiales o expedientes temáticos de académicos o instituciones, que son evaluados por el Consejo Editorial en relación con la relevancia del tema a tratar y la calidad de la justificación de la propuesta. Tanto las propuestas como los contenidos que se presentan para su consideración como parte de estos números especiales o expedientes temáticos siguen el mismo proceso editorial establecido anteriormente. Bajo ninguna circunstancia un posible apoyo financiero para la edición de un número o expediente especial exime al material del proceso de revisión por pares doble ciego.
  7. En aquellos casos en que la revisión por pares realizada por expertos revele problemas relacionados con dilemas de investigación ética, y cuando el autor no tenga una autorización de protocolo de investigación por parte de un Comité de Ética, el Consejo Editorial tomará una decisión sobre la relevancia ética del protocolo y la presentación de resultados de la investigación.

Responsabilidades del editor

  1. El Editor es responsable de implementar la política ética de la Revista durante todo el proceso editorial, que requiere garantizar la independencia e integridad del proceso asegurando que las decisiones sobre la publicación o el rechazo de un manuscrito se basen únicamente en su calidad académica y el respeto por la política de la revista. Al mismo tiempo, el Editor es responsable de garantizar que lo que se publica en la Revista no infringe los derechos de terceros.
  2. El Editor debe garantizar el carácter ciego del proceso de revisión por pares durante todo el proceso editorial, con especial énfasis en salvaguardar la confidencialidad con respecto a la identidad de los autores y revisores por pares, además de garantizar que los materiales presentados por los autores estén debidamente protegidos, evitando su difusión más allá de las personas que participan en el proceso de revisión por homólogos.
  3. En el nombramiento de pares revisores, el Editor debe seleccionar a los participantes únicamente en función de su experiencia académica, que debe estar directamente relacionada con el tema abordado en el manuscrito.
  4. El Editor debe, además, evitar conflictos de intereses entre los autores y los pares revisores y, por lo tanto, debe asegurarse de que no se producen las siguientes situaciones entre ellos: 1) pertenecer a la misma institución; 2) actividades de investigación conjunta desarrolladas actualmente o anteriormente; 3) tener vínculos de parentesco, amistad, negocios, equidad u otros vínculos que afecten la imparcialidad de sus acciones; 4) tener conflictos personales de conocimiento público, disputas legales o conflictos de otra naturaleza.
  5. Si el editor, como resultado del proceso de revisión por pares, recibe acusaciones graves de mala práctica o comportamiento poco ético del autor o autores, se debe dar al acusado la oportunidad de defenderse.
  6. Si el Editor descubre comportamientos poco éticos o ilegales durante el proceso editorial, las situaciones deben ser informadas a las autoridades correspondientes.
  7. En caso de que surja una controversia sobre la autoría de un manuscrito durante el proceso editorial, el Consejo Editorial no podrá, bajo ninguna circunstancia, tomar una decisión sobre este punto, sino que informará de la situación a los órganos con las facultades legales para resolver la controversia.
  8. En aquellas situaciones en las que el Editor tenga un conflicto de intereses con el autor de un manuscrito enviado a la Revista de Gestión Pública (es decir: 1) pertenecer a la misma institución; 2) actividades de investigación conjunta desarrolladas actualmente o anteriormente; 3) tener vínculos de parentesco, amistad, negocios, equidad u otros vínculos que afecten la imparcialidad de sus acciones; 4) tener conflictos personales de conocimiento público, disputas legales o conflictos de otra naturaleza), esto debe informarse por escrito al Consejo Editorial y el desarrollo del proceso editorial para ese caso en particular debe delegarse en uno de sus miembros.

Responsabilidades de los autores

  1. Al enviar un texto a la Revista de Gestión Pública para su revisión por pares, los autores deben indicar que el texto enviado para revisión es de su propia autoría y que no afecta a los derechos de terceros (esto se aplica tanto al texto principal como a cuadros, gráficos, mapas, fotografías o cualquier otro componente) .
  2. Del mismo modo, deben indicar que el texto es original y, por lo tanto, no se ha publicado previamente. Si se han publicado algunas secciones del artículo, se debe informar de esta situación al editor.
  3. Al enviar un manuscrito a la Revista de Gestión Pública para su consideración, los autores deben asegurarse de que no se esté evaluando actualmente en otras publicaciones.
  4. Solo aquellos que han trabajado en el desarrollo del texto pueden figurar como autores del manuscrito, y bajo ninguna circunstancia es aceptable que las personas que no participan en la preparación del texto se incorporen como autores.
  5. En el caso de manuscritos en coautoría, los autores deben seleccionar a una persona para llevar a cabo la comunicación con el editor. Sin embargo, tanto la versión original como la modificada del texto, como resultado de la revisión por pares, deben ser aprobadas por todos los autores.
  6. Los autores asumirán la responsabilidad de las declaraciones formuladas en sus artículos y deberán presentar los resultados de la investigación de manera honesta, sin fabricación, falsificación, manipulación u omisión de pruebas.
  7. Es responsabilidad de los autores informar sobre las fuentes de financiación involucradas en la preparación de un manuscrito, así como dejar claro que no existe ningún conflicto de intereses asociado con dicha relación de financiación.
  8. En caso de que los autores posean autorizaciones de un Comité de Ética con respecto al protocolo de investigación en el que se basó el manuscrito presentado a la Revista de Gestión Pública, estas se proporcionarán al enviar el manuscrito. En caso de que surjan inquietudes con respecto a cuestiones éticas y el autor o los autores no posean los documentos antes mencionados, deberán presentar toda la información solicitada por el Editor. Si el manuscrito no es el resultado de una investigación de campo, bastará con que el autor aclare esta situación al Editor al enviar el manuscrito.
  9. Si el autor o los autores tienen conocimiento de conflictos de intereses actuales o potenciales en el proceso de revisión por pares de su manuscrito, informarán de esta situación al Editor. En este sentido, tendrán derecho a informar al Editor, por escrito y de manera descriptiva, sobre los conflictos de intereses con los miembros del equipo editorial de la publicación o con posibles revisores pares.
  10. En caso de que se apruebe el manuscrito presentado por el autor o los autores, firmarán una transferencia de los derechos de difusión a la revista.

Responsabilidades de los pares revisores

  1. Los revisores pares llevarán a cabo la evaluación de los manuscritos de acuerdo con las instrucciones del Editor y la Política de Ética de la Revista.
  2. Es responsabilidad de los pares evaluadores informar al Editor y desistir de realizar la evaluación, en caso de que tengan claras sospechas sobre la identidad del autor cuyo trabajo se va a evaluar, afectando así la naturaleza ciega del proceso.
  3. Del mismo modo, informarán al Editor y desistirán de realizar la evaluación si consideran que existe un conflicto de intereses en su participación en el proceso de revisión por pares.
  4. Los pares evaluadores informarán al Editor sobre cualquier situación relacionada con los manuscritos evaluados que consideren que infringe la Política de Ética de la Revista y/o las reglas básicas para la producción científica, como plagio, presentación no honesta de los resultados, fabricación, falsificación, manipulación y/u omisión de evidencia.

Otros

  1. Cualquier situación de naturaleza ética no regulada por esta Política será abordada por el Consejo Editorial de acuerdo con las directrices establecidas en las orientaciones para el Comité de Ética de Publicaciones.
  2. Esta Política entrará en vigor el 1 de agosto de 2014.

Política de acceso abierto

Esta revista proporciona un acceso abierto inmediato a su contenido, basado en el principio de que ofrecer al público un acceso libre a las investigaciones ayuda a un mayor intercambio global de conocimiento.