Crítica al internalismo del positivismo penal

Autores/as

  • Leodanis Torres Barrero Universidad de Holguín
  • Yunier Ramirez Cedeño Universidad de Holguín

DOI:

https://doi.org/10.22370/rcs.2013.63.166

Resumen

El positivismo jurídico es la fuente fundamental que nutre a la ciencia del Derecho Penal, expresado en una línea de conducta determinista, muy internalista, que pone en primer plano las conexiones lógicas de los conceptos jurídicos y confunde históricamente esta ciencia con las normas penales o dogmática penal. Se propone, frente al internalismo epistemológico iuspositivista, una antropología jurídico-penal. El rasgo distintivo del método antropológico es la centralidad del sujeto y su conciencia, el destino del hombre como centro de su reflexión iusfilosófica. La antropología jurídico-penal es una actividad epistémica, metodológica y axiológica, que suscita nuevos valores epistémicos y prácticos del sujeto cognoscente y el objeto hombre.

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Biografía del autor/a

Leodanis Torres Barrero, Universidad de Holguín

Profesor principal de Historia del Pensamiento Político y de Historia General del Estado y el Derecho. Departamento de Filosofía de la Universidad de Holguín, Cuba.

Yunier Ramirez Cedeño, Universidad de Holguín

Profesor asistente de Filosofía y Sociedad. Departamento de Filosofía de la Universidad de Holguín, Cuba.

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Publicado

2013-12-01

Cómo citar

Torres Barrero, L., & Ramirez Cedeño, Y. (2013). Crítica al internalismo del positivismo penal. Revista De Ciencias Sociales, (63). https://doi.org/10.22370/rcs.2013.63.166

Número

Sección

Artículos de investigación