El daño moral de los dueños por ataques a sus mascotas

Autores/as

  • David Alejandro Rodríguez Guerra Universidad Diego Portales

DOI:

https://doi.org/10.22370/rcs.2020.76.2815

Palabras clave:

Mascotas, Bienes, Valor de afección, Daño moral

Resumen

Las normas jurídicas que regulan a las mascotas y animales de compañía se encuentran en el Código Civil, en la ley sobre protección animal y en la ley de tenencia responsable de mascotas y animales de compañía. De acuerdo a esta última, para que una mascota sea tal, debe cumplir la finalidad de acompañar y dar seguridad a su dueño. De dichas finalidades se deriva que las mascotas pueden ser considerados bienes con valor de afección para él. Sin embargo, estas  características no modifican su régimen jurídico, de manera que seguirían siendo bienes, por ello, no pueden sufrir daño moral. Quien sufriría un daño moral sería siempre su dueño, ya que las mascotas formarían parte del patrimonio de este último.

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Biografía del autor/a

David Alejandro Rodríguez Guerra, Universidad Diego Portales

Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales y Magíster en Derecho Civil Patrimonial Universidad Diego Portales. Santiago de Chile

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Publicado

2020-07-30

Cómo citar

Rodríguez Guerra, D. A. (2020). El daño moral de los dueños por ataques a sus mascotas. Revista De Ciencias Sociales, 1(76). https://doi.org/10.22370/rcs.2020.76.2815

Número

Sección

Artículos de investigación

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