EL TÉRMINO DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS: ANÁLISIS CRÍTICO DE LA JURISPRUDENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Autores/as

  • Flavio Quezada Rodríguez Universidad Alberto Hurtado

DOI:

https://doi.org/10.22370/rcs.2017.69.928

Resumen

La Contraloría General de la República sostiene que los plazos administrativos fenecen o terminan al momento de finalizar el horario de atención al público del último día del respectivo plazo. Dicho criterio es criticado, por cuanto se afirma que no existe razón jurídica alguna para excluir la aplicación de las reglas del Código Civil, que establecen su término en la media noche del mismo día. Por otro lado, dado que respetar la integridad del plazo podría dar lugar a inconvenientes de índole práctico, se ofrece una propuesta de interpretación legal que podría sortearlos, fundada, también, en jurisprudencia de dicho organismo de control.

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Citas

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Publicado

2016-12-30

Cómo citar

Quezada Rodríguez, F. (2016). EL TÉRMINO DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS: ANÁLISIS CRÍTICO DE LA JURISPRUDENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Revista De Ciencias Sociales, (69). https://doi.org/10.22370/rcs.2017.69.928

Número

Sección

Artículos de investigación